El potencial de la ley de conglomerados

* Publicada el 16 de octubre en El Mercurio Inversiones

 

En la última década, diversas situaciones pusieron de manifiesto la necesidad de contar con un marco legal que permitiera llevar a cabo una supervisión consolidada de los conglomerados financieros.

 

Uno de ellos ocurrió en 2013 cuando se revelaron posibles triangulaciones de capital del grupo económico controlado por Álvaro Saieh, que podría haber estado realizando a través de sus empresas financieras al holding de SMU, debido al debilitamiento de su solvencia. En ese entonces, se puso en tela de juicio la legalidad de las transacciones realizadas entre estas empresas pero, sobre todo, el riesgo de desestabilización que corrían las empresas financieras del grupo y las consecuencias potenciales sobre el sistema financiero local en su totalidad. 

 

Dos años después, se reveló que la Reserva Federal de Estados Unidos tenía importantes aprehensiones para autorizar la compra que el Banco BCI, ligado a la familia Yarur, quería realizar sobre el City National Bank en Miami. Las dudas guardaban relación con la supervisión que había en Chile, pues en Estados Unidos no se acostumbra ver negocios distintos al financiero asociados en forma directa o indirecta a la propiedad de un banco.

 

Tras varios años, finalmente, el pasado 01 de agosto la CMF publicó el documento "Lineamientos para una Ley de Conglomerados Financieros en Chile", en el que se analiza la pertinencia de incluir a los conglomerados financieros como parte de las instituciones bajo fiscalización prudencial de la CMF, y se presenta una propuesta para un marco legal de supervisión.

 

Luego de reunirnos en dos ocasiones a analizar el documento, como Comité Técnico de Información Financiera consideramos que propone un marco regulatorio claro y prudente que busca mantener bajo cierto control la solvencia del sistema financiero local, y tener una mayor comprensión de la exposición a riesgos de los conglomerados y del sistema en su totalidad, el cual se construyó a partir leyes y estructuras vigentes, como la ley de sociedades anónimas, la ley de bancos, y el Consejo de Estabilidad Financiera, por mencionar algunos.

 

Si bien la propuesta involucraría, en algunos casos, costos importantes para las matrices controladoras que caerían dentro del alcance de regulación, en términos de las exigencias de capital a empresas de índole financiera; creemos que las externalidades positivas de este aspecto, a nivel de los mismos grupos económicos y del sistema en su totalidad, superan con creces estos costos.

 

En materia de gobiernos corporativos, creemos que son un avance las consideraciones que abordan mecanismos de mitigación de conflictos de interés, sobre todo los requerimientos de independencia de los directores, que permitiría contener situaciones potencialmente controversiales, como cuando dos entidades de un mismo conglomerado financiero pueden participar como oferentes y demandantes de valores en el mercado de capitales.

 

Una ley como la propuesta permitiría a nuestro mercado financiero ponerse al día con estándares internacionales, lo cual facilitaría la expansión de negocios y comunicación de las empresas locales con las extranjeras; y tener un mercado con mejores controles, mayor transparencia y comprensión de riesgos a nivel de grupo, disminuyendo los peligros de contagio y colapso del sistema financiero al tener una visión más multisistémica. Asimismo, este nuevo marco regulatorio, además, permitiría instalar una cultura de evaluación de riesgos sistémicos a nivel de conglomerados, lo que ayudaría a tener un mercado financiero más sano, transparente y seguro.

 

Harold Contreras
Académico DCS